Fiestas privadas y canon musical: Lo que NO se debe pagar
Durante años, organizadores de eventos, padres y salones de fiesta han convivido con la duda —y a veces el miedo— de que, en medio de un cumpleaños, un casamiento o una fiesta escolar, aparezca un inspector reclamando el pago del canon musical de SADAIC u otras entidades similares.
Para despejar todas las dudas, en Radio El Pueblo conversamos con el Dr. Alejandro Garzón Maceda, director de Defensa del Consumidor de Misiones, quien explicó con claridad qué es legal exigir y qué no en estos casos.
¿Las fiestas privadas pagan SADAIC?
La respuesta es NO.
Un decreto nacional vigente exime del pago del canon de propiedad intelectual a las fiestas privadas. Dentro de este grupo se incluyen:
Fiestas de 15
Eventos de egresados
Fiestas familiares en salones o domicilios
Celebraciones escolares sin acceso público
“Si es una fiesta privada, no se puede exigir el pago del canon. Ni el salón puede pedirlo como requisito, ni un inspector puede caer a cobrar durante el evento”, afirmó Garzón Maceda.
¿Y si igualmente aparece alguien a cobrar durante la fiesta?
Ese accionar es ilegal.
La policía no puede acompañar ni avalar ese tipo de cobros.
Si llega a suceder:
El responsable es el salón, porque la relación de consumo es con él.
El salón debe impedir el cobro y hacer la denuncia si corresponde.
Los padres también pueden denunciar luego en Defensa del Consumidor.
Derecho de los consumidores: irrenunciable
Aunque muchas familias terminan pagando para “evitar problemas” en pleno festejo, eso no implica perder derechos.
“Si pagaron para tener la fiesta en paz, después pueden hacer la denuncia. El salón deberá devolver el dinero actualizado”, explicó el Director.
Esto aplica a SADAIC y a cualquier otra asociación vinculada a derechos intelectuales.
¿Cuándo sí se debe pagar canon?
Cuando se trate de eventos públicos:
Con acceso libre o venta de entradas
Organizados por instituciones o productores
Con obtención de lucro
En esos casos rigen otras normativas y no interviene Defensa del Consumidor.
Mensaje final: que las fiestas sean fiestas
Garzón Maceda remarcó que la prioridad es que las familias disfruten, sin extorsiones ni confusiones:
“El consumidor no es un rehén del sistema. Paga para recibir un servicio y ese servicio debe garantizarlo el salón.”
Con la temporada de eventos de fin de año en marcha, es clave que esta información circule. Las normas existen para proteger a quienes organizan y disfrutan de uno de los momentos más importantes de sus vidas.
📍 Si necesitás asesoramiento o querés realizar una denuncia, podés acercarte a la Dirección de Defensa del Consumidor de Misiones.
- Teléfono: 0800-888-53267 | (0376) – 4447625
- E-mail: sucei_comint@misiones.gov.ar ·
- Dirección: Av. Mitre Nº 2180 casí Junín (Frente a la plazoleta del Mastil)
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